
Algo sobre la Ley de Bienestar animal…
Mientras no entra en vigor la ley de bienestar del animal, la actual normativa tipifica como sanción leve, grave y muy grave el maltrato animal, en función de si causó dolor, lesiones o la muerte. La cuantía de las multas va desde los 100 a 500 euros para las leves, desde los501 a 5.000 euros para las graves y de desde 5.001 a 30.000 euros para las muy graves. Con la nueva ley, la cualificación del maltrato se agrava y nunca será considerada infracción leve. Será tipificada como grave, si se le causa dolor, sufrimiento o lesiones que no lo invaliden, y muy graves si les causa la muerte o daños irreversible.
Nuevas sanciones
También se introducen nuevas sanciones. Se considerará infracción leve transportar a los animales en condiciones no adecuadas o en maleteros no adaptados, no adoptar las medidas necesarias para evitar su huida o la entrada en recintos no autorizados y mantener en el mismo domicilio más de cinco animales sin comunicárselo al gobierno autónomo. Se considerará infracción grave, por su parte, el empleo de collares que causen daño, llevar animales atados a vehículos a motor en marcha, emplearlos en trabajos que los inmovilicen causándoles dolor, no proporcionarles los tratamientos necesarios para evitar su sufrimiento y no tener seguro de responsabilidad civil en los casos que sea necesario. De esta manera, serán también infracciones graves la identificación de los animales y contravenir la orden de in movilización de los animales acordada por la Xunta, así como la utilización de especies silvestres en circos.
Información obtenida de La Voz de Galicia 27/06/2016